El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Resolución No. SENAE-SENAE-2020-0016-RE emitida el 16 de marzo de 2020, resuelve:
Se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios sustanciados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y los plazos de prescripción de las acciones de cobro, a partir del día 17 de marzo del 2020, hasta el día 31 de marzo del 2020.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Gaceta Tributaria.
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Fuente: SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR según Resolución No. SENAE-SENAE-2020-0016-RE con fecha jueves 16 de marzo de 2020.
Advertencia: El boletín de Consultoria IDA no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento informativo.
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